Nueva ley electoral en Costa Rica apoya igualdad de géneros
La asamblea electoral de Costa Rica, aprobó el pasado 11 de agosto de 2009, el novel código electoral para ese país, Ley N° 8765 (Alcance N° 37 a La Gaceta N° 171 de 2 de septiembre de 2009), que viene a sustituir la de 1958 y todas sus reformas, con un cambio fundamental que es la igualdad de las mujeres en cuanto a la elección de sus gobernantes.

Dentro de la anterior ley no había ningún artículo que consagrara la paridad de género entre hombres y mujeres en Costa Rica, era necesario recurrir a otras leyes para conocer que si existe igualdad, ya que por medio de las leyes se viene demostrando lo valorada que es ahora la mujer dentro de la sociedad en comparación a lo poco que era antes.

Dentro de la anterior ley no había ningún artículo que consagrara la paridad de género entre hombres y mujeres en Costa Rica, era necesario recurrir a otras leyes para conocer que si existe igualdad, ya que por medio de las leyes se viene demostrando lo valorada que es ahora la mujer dentro de la sociedad en comparación a lo poco que era antes.
Por otro lado, en el Código Electoral de 1996 se había avanzado en este tema, su artículo numero 60 dice “Las delegaciones de las asambleas distritales, cantonales y provinciales, deberán estar conformadas al menos, por un cuarenta por ciento (40%) de mujeres”.
Sin embargo, lo que se propone hoy en día en esta nueva gaceta es algo totalmente diferente, ya que plantea una paridad total de géneros con un 50 por ciento de posibilidad para que las mujeres se integren en las delegaciones con la misma posibilidad que los hombres, y sin ningún tipo de limitante de pertenecer al sistema electoral.
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